Servicios al mutualista Nuestros Productos Solidaridad
  Notas de Prensa
  Artículos de interés
  Memorias




   Notas de Prensa

 06/09/2007

Mupiti puede actuar como alternativa al RETA para todos los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, con independencia del Colegio territorial al que pertenezcan.

Ver Resolución (pdf)

El Boletín Oficial del Estado de 13 de agosto publica la Resolución de 24 de julio de 2007, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social por la que se establecen criterios de delimitación para la actuación de determinadas mutualidades de previsión social como entidades alternativas a la obligación de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).

Esta resolución afecta a la situación de los peritos e ingenieros técnicos industriales pertenecientes a aquellos Colegios Profesionales para los que MUPITI no podía actuar como alternativa al RETA en virtud de la resolución de 23 de febrero de 1999 de la DGOSS.

Dichos colegiados son aquellos que pertenecen a los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de: Álava, Ávila, Almería, Baleares Burgos Cáceres, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Guadalajara, Guipúzcoa, La Rioja, León, Madrid, Orense, Palencia, Región de Murcia, Soria, Valladolid, Vigo y Vizcaya.

Las medidas que recoge la resolución son las siguientes:

1. Permite que a partir del 1-9-2007 cualquier perito e ingeniero técnico industrial colegiado en cualquiera de los Colegios, pueda utilizar Mupiti como alternativa al RETA.

2. Los peritos e ingenieros técnicos industriales colegiados en los Colegios señalados anteriormente que se dediquen al ejercicio libre de la profesión, que iniciaron su actividad con posterioridad al 10-11-1995 estando obligados a incorporarse al RETA, podrán en el plazo improrrogable de 6 meses, a contar desde la fecha de la Resolución (24 de julio del 2007), es decir - hasta el 24 de enero de 2008 -, pedir la baja en el RETA y optar por Mupiti.

Transcurrido dicho plazo no podrá ser admitida ninguna solicitud que se formule en dicho sentido.

Hay que señalar que de ejercer dicha opción, no existirá derecho a la devolución de las cuotas abonadas a la Seguridad Social y los efectos de la baja serán a partir del primer día del mes siguiente de la solicitud de baja.

Si deseas más información sobre como tramitar tu alta en Mupiti como alternativa al RETA, haz click aquí.

Volver | Subir 


Resolución mínima de 800 x 600 píxeles
Aviso Legal