CUADRO COMPARATIVO
DE LA SITUACIÓN DE LOS COLEGIADOS
PERTENECIENTES A LOS COLEGIOS PARA LOS
QUE NO MUPITI NO PODÍA ACTUAR
COMO ALTERNATIVA, ANTES Y DESPUÉS
DE LA RESOLUCIÓN.
Situación
antes de la Resolución de 24
de julio de 2007
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MUPITI
NO PUEDE ACTUAR COMO
ALTERNATIVA AL RETA RESPECTO A
LOS INTEGRANTES DE AQUELLOS COLEGIOS
QUE NO SE PRONUNCIARON A FAVOR
DE LA OBLIGATORIEDAD DE MUPITI
ANTES DEL 10-11-1995. |
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Los integrantes
de los Colegios para los que Mupiti
no podía actuar como alternativa
al RETA podían estar en
alguna de las situaciones siguientes,
según la fecha de INICIO
DE ACTIVIDAD PROFESIONAL POR CUENTA
PROPIA: |
Primera:
SI EL INICIO DE LA ACTIVIDAD TUVO
LUGAR CON ANTERIORIDAD
AL 10-11-1995.
Estaban exentos de la obligatoriedad
de causar alta en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos
(RETA). No obstante, si alguno
de ellos deseaba su incorporación
al RETA podía solicitarlo,
voluntariamente, por una sola
vez y durante todo el año
1999. El alta tendría
efectos desde el día
primero del mes en que se formulase
la solicitud de alta en el RETA.
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Segunda.
SI EL INICIO DE LA ACTIVIDAD TUVO
LUGAR ENTRE EL 10-11-1995
Y EL 31-12-1998. Debieron
solicitar el alta en el RETA durante
el primer trimestre de 1999, surtiendo
efecto el alta desde el primero
del mes en que se formulaba la
solicitud de alta.
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Tercera.
SI EL INICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
TUVO LUGAR DESPUÉS
DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1998.
Debieron causar alta en el RETA
desde el momento en que concurrieran
en el profesional las condiciones
determinantes de su inclusión
en el campo de aplicación
del RETA (es decir, con carácter
general, desde que causaron alta
en el IAE para el ejercicio de
su actividad profesional). |