Servicios al mutualista Nuestros Productos Solidaridad
  ¿Quién puede suscribirlo?
  ¿Qué coberturas ofrece?
  ¿Cuánto cuesta?
  ¿Cómo contratar el producto?
  ¿Cómo solicitar la prestación?
  ¿Cual es su duración?
  ¿Existen ventajas fiscales?
   Nuevo seguro "Mupiti Vida"


MUPITI VIDA - COBERTURA DE FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA POR CUALQUIER CAUSA.

En la Asamblea General de la Mutualidad celebrada en Santander, el día 18 de junio, de 2005, se aprobó la creación del seguro “Mupiti Vida”, modalidad de seguro que cubre el riesgo principal de fallecimiento y los riesgos complementarios de incapacidad absoluta y permanente para toda profesión, de fallecimiento por accidente y fallecimiento por accidente de circulación.


¿Quién puede suscribir el seguro “MUPITI VIDA”?

Pueden ser mutualistas:

a) Los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales incorporados a un Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales así como sus cónyuges o ex-cónyuges, parejas o ex-parejas de hecho inscritas en un registro oficial, y familiares en primer grado. A los no colegiados se les adscribirá a la demarcación territorial de su lugar de residencia.

b) Los empleados de las Corporaciones, Instituciones y Entidades que se relacionan a continuación, así como sus cónyuges o ex-cónyuges, parejas o ex-parejas de hecho inscritas en un registro oficial, y familiares en primer grado:

1) El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y los Colegios Oficiales de España.

2) Los Consejos de los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de las distintas Comunidades Autónomas.

3) La Mutualidad de Previsión Social de los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales a prima fija.

4) Asociaciones y Entidades vinculadas a los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales.

5) Quienes se encuentren integrados en despachos profesionales, empresas, sociedades o entidades, o personas físicas o jurídicas relacionadas con las profesiones o actividades de Ingeniería Técnica, y quienes acrediten la existencia de alguna relación con las mismas o quienes las ejerzan o hayan ejercido.

c) Las personas físicas pertenecientes a aquellos otros colectivos para los que, previa autorización de la Junta Directiva, acuerdo del Consejo Rector y posterior ratificación en Asamblea General, se otorgue esta posibilidad.

d) Aquellas personas jurídicas para las que la Junta Directiva autorice expresamente, con la conformidad del Consejo Rector, esta posibilidad.

Requisito de entrada:

Haber cumplido 20 años y no exceder de los 64 años (edad actuarial).


¿Qué coberturas se pueden contratar?

Cobertura principal.

• Fallecimiento.
• Capital a contratar: mínimo 6.000 euros máximo 90.000 euros.

Cobertura complementaria.

• Fallecimiento por accidente.
     - Capital adicional al de fallecimiento.
• Fallecimiento por accidente de circulación.
     - Capital adicional al de fallecimiento por accidente.
• Incapacidad absoluta y permanente.
     - Capital asegurado.
• Incapacidad absoluta y permanente por accidente.
     - Capital adicional al de incapacidad absoluta y permanente.
• Incapacidad absoluta y permanente por accidente de circulación.
     - Capital adicional al de incapacidad absoluta y permanente
       por accidente

La cobertura del riego de invalidez derivada de enfermedad queda expresamente condicionada a la presentación en la Mutualidad de la declaración del estado de salud del asegurado, y tiene un periodo de carencia de seis meses desde la fecha de pago.


¿Cuánto cuesta?

Este producto es un seguro de modalidad temporal anual renovable. El pago de las primas será con cargo a los colegios (afiliación colectiva) o domiciliación bancaria (afiliación individual). Se podrá fraccionar en mensual, trimestral o semestral, aplicando un recargo DE 1,5% sobre la prima anual.

Las siguientes primas se ajustarán al año natural, es decir se emitirá el 1 de enero y tendrán vencimiento el 31 de diciembre del mismo año. Para calcular la prima se considerará la edad actuarial del asegurado cada 1 de enero.


TARIFAS SEGURO “MUPITI VIDA”

EJEMPLO DE CONTRATACIÓN DE COBERTURA

    Contingencias
Capital
    Cobertura Principal
    Fallecimiento
30.000 €
    Coberturas Complementarias
    Fallecimiento por accidente
30.000 €
    Fallecimiento por accidente de circulación
30.000 €
    Incapacidad absoluta y permanente
30.000 €
    Incapacidad absoluta y permanente por accidente
30.000 €
    Incapacidad absoluta y permanente por accidente
    de circulación
30.000 €

CASO PRÁCTICO

Ejemplo: En caso de fallecimiento por accidente de circulación,
el beneficiario percibirá:

   Cobertura de fallecimiento
30.000 €
   Cobertura de fallecimiento por accidente
30.000 €
   Cobertura de fallecimiento por accidente de circulación
30.000 €
    TOTAL
90.000 €

La cuota es fija, anual y cubre la totalidad de las prestaciones de forma conjunta


¿Cómo contratar el producto?

Presentar en su Colegio la siguiente documentación:

• Solicitud de alta cumplimentada y firmada junto a la declaración jurada de estado de salud. Descargar solicitud

• Fotocopia del DNI.

Documento acreditativo de su pertenencia a cualquiera de los grupos referidos en el articulo 16.1 (Estatutos Generales de MUPITI) en virtud de la cual pueden acceder a la condición de mutualista.

La Mutualidad podrá solicitar examen médico en función de las coberturas contratadas y las dolencias declaradas.

En el caso de que el seguro tenga carácter colectivo, la suscripción podrá formalizarse mediante listado remitido por el Consejo, Colegio, Corporación o Entidad que actúe como tomador del seguro, en el que se deberán hacer constar, como mínimo, lo siguientes datos relativos a los socios asegurados:

a) Nombre y apellidos
b) Fecha de nacimiento
c) Documento Nacional de Identidad
d) Domicilio actual

La Mutualidad procederá a tramitar el alta de los asegurados relacionados en el listado, que quedarán asegurados en las coberturas de accidente con fecha efecto en el día primero del mes siguiente a la recepción del mismo.

La contratación del producto quedará supeditada a la presentación por el asegurado de la declaración sobre su estado de salud acompañada del impreso de solicitud de alta. El Título de mutualista se entregará una vez se haya presentado por el asegurado la declaración sobre su estado de salud, así como el resto de documentación exigida para la verificación de los datos personales del mismo.

Requisitos de contratación:

1) Cumplimentar el correspondiente formulario de solicitud de seguro, en el que se hará constar la profesión u ocupaciones profesionales y los riesgos accesorios, y al que acompañará la documentación que proceda.

2) Cumplimentar una declaración sobre su estado de salud y sobre cualquiera otra circunstancia que pueda incidir en la valoración del riesgo, de acuerdo con el cuestionario establecido por la Mutualidad.

3) En los casos recogidos en la siguiente tabla de requisitos médicos, deberá pasar reconocimiento médico. Cuando las circunstancias del seguro lo aconsejen, MUPITI podrá solicitar un reconocimiento médico tan completo como se estime necesario.

TABLA DE REQUISITOS MEDICOS

Requisitos médicos
Hasta 45 años
De 46 a 55 años
Desde 56 años
 Declaración
de salud
Hasta 90.000 euros
Hasta 90.000 euros
Hasta 90.000 euros
Examen
médico
---   
Para 90.000
euros
Hasta 90.000 euros


¿Cómo solicitar la prestación?

La indemnización se satisfará en forma de capital en un pago único, debiendo presentar en su Colegio la siguiente documentación:

Incapacidad:

• Solicitud de prestación.
• Fe de vida y Estado.
• Copia del D.N.I.
• Partida de nacimiento.
• Certificado médico, donde conste la naturaleza de la lesión, repercusión funcional y fecha de hecho causante.
• Certificado de Invalidez del INSS.
• Formulario de declaración de datos personales establecido por la Agencia Tributaria para el calculo de las retenciones (Formulario del IRPF).

Fallecimiento:

• Solicitud de prestación.
• Partida de defunción.
• Fe de vida y estado de los beneficiarios.
• Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, y en caso de constar la existencia de testamento, copia de éste o del último en caso de que existiesen varios. En caso de no haber testamento deberá aportarse declaración de herederos abintestato.
• En caso de tributar por el impuesto de sucesiones: documento acreditativo de liquidación de las cantidades que MUPITI abonará a los beneficiarios de la prestación.
• Formulario de declaración de datos personales establecido por la Agencia Tributaria para el calculo de las retenciones (Formulario del IRPF).

Muerte por Accidente:

• Solicitud de prestación.
• Partida de defunción.
• Partida de nacimiento del mutualista.
• Fe de vida y estado de los beneficiarios.
• Copia del D.N.I. del mutualista y de sus beneficiarios.
• Informe del Juzgado y Certificado medico forense, en el que se determine la fecha y el motivo del hecho causante.
• Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, y en caso de constar la existencia de testamento, copia de éste o del último en caso de que existiesen varios. En caso de no haber testamento deberá aportarse declaración de herederos abintestato
• En caso de tributar por el impuesto de sucesiones: documento acreditativo de liquidación de las cantidades que MUPITI abonará a los beneficiarios de la prestación.
• Formulario de declaración de datos personales establecido por la Agencia Tributaria para el calculo de las retenciones (Formulario del IRPF).


¿Cuál es su duración?

El contrato se entiende renovado anualmente si no existe comunicación en contrario del mutualista.

El seguro se extinguirá o dejará de tener efecto en los siguientes casos:

  • La cobertura del seguro se extingue en la anualidad de seguro dentro de la cual cumpla los 65 años, salvo para el riesgo principal que será a los 73 años.
  • El seguro se extinguirá automáticamente al percibir cualquiera de las prestaciones adicionales o complementarias, con independencia de su importe
  • Al fallecimiento del mutualista y/o asegurado.
Resolución mínima de 800 x 600 píxeles
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